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Presentación de escritos y alegaciones frente a multas de tráfico


Descripción:
En el caso de ser denunciado por una infracción de tráfico y si usted no estuviera conforme con la misma, podrá presentar las alegaciones que estime convenientes aportando la documentación o proponiendo las pruebas oportunas.
Forma de Inicio:
El expediente se inicia a instancia de los interesados mediante solicitud debidamente cumplimentada acompañada de la documentación requerida.
Sujeto:
Persona titular de una denuncia por infracción de tráfico, o aquel que se presente como conductor
Órgano Gestor:
Departamento de Multas
Plazo de Presentación:
Dentro de los quince días hábiles siguientes a la entrega del boletín de denuncia, o desde la recepción de la notificación del inicio de la misma.
Lugar y Forma de Presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada, una copia de ésta si se desea resguardo de presentación debidamente sellado y toda la documentación requerida para la tramitación del procedimiento, teniendo en cuenta que se presentarán bien los originales de los documentos solicitados o una copia legalizada ante notario o el original y una copia a compulsar en el registro, en caso de que los originales deban permanecer en propiedad del solicitante.
Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada.
A través del Registro Telemático con DNI electrónico o Certificado digital Avanzado y Reconocido.
Plazo Máximo de Resolución y Notificación:
La prescripción de las infracciones previstas en la Ley de Seguridad Vial, incluidas por Ley 19/01, de 19 de diciembre, será el de tres meses para las infracciones leves, seis meses para las infracciones graves y un año para las infracciones muy graves.
Órgano de Resolución:
Decreto de Alcaldía
Efectos del Silencio Administrativo:
Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento, se producirá la caducidad de éste y se procederá al archivo de las actuaciones.
Recursos:
Recurso potestativo de reposición ante el órgano que resolvió en el plazo de un mes desde la notificación o la publicación.
Recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso administrativo en el plazo dos meses desde la notificación o la publicación.

Documentación a aportar


Documentación Tipo Presentación Modelo
Documentación deseada que se quiera aportar Opcional Ambas
Solicitud debidamente cumplimentada Obligatorio Ambas

Leyes


  • 39/2015: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Tramitación presencial


Tramitación electrónica



Leyenda


Tipo de documentación a aportar

  • Opcional Opcional
  • Obligatorio Obligatorio

Presentación

  • Presencial Presencial
  • Electrónica Electrónica
  • Ambas Ambas



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