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Solicitud tarjeta de armas de cuarta categoría


Descripción:
Requisitos para la obtención de la tarjeta de armas de cuarta categoría.

Tener más de 14 años y estar empadronado en Castro Udiales
La dirección del DNI debe coincidir con la dirección de empadronamiento
Aportar fotocopia de factura de compra o factura proforma del arma con todos los datos de la misma
Rellenar el formulario de solicitud, modelo 8640, denominado "Solicitud de Armas de cuarta categoría"
Recibo de haber abonado la tasa correspondiente en el departamento de Rentas para su tramitación según Ordenanza Fiscal Nº 6.16.
Presentar la solicitud y la documentación en la Policía Local de forma presencial. Se le entregará justificante de la solicitud con la firma del Agente que la recoge.
El documento solicitud de tarjeta de armas lo podrá conseguir en las dependencias de la Policía Local o en la Web del Excmo. Ayuntamiento de Castro-Urdiales.
En virtud del art. 105 del Reglamento de Armas que señala "Las tarjetas de armas serán concedidas y retiradas, en su caso, por los Alcaldes de los municipios en que se encuentren avecindados o residiendo los solicitantes, previa consideración de la conducta y antecedentes de los mismos", la Policía Local emitirá informe interno relativo a la conducta y antecedentes de los solicitantes de permiso de armas de 4ª categoría incorporando el mismo al expediente.
Tras el informe interno citado, en el que se tentrá en cuenta los antecedentes penales no caducados y las sanciones por infracciones administrativas relativas a la Seguridad Ciudadana no prescritas, se eleverá informe-propuesta a la Alcaldía a efectos de la resolución correspondiente
Tras la resolución de la Alcaldía, se comunicará la notificación de la misma a la persona interesada, y en el caso de que la resolución haya sido positiva, se le entregará la tarjeta de armas en el mismo acto personándose en la Comisaría de la Policía Local, además de enviar la comunicación oficial a la Intervención de Armas
SI FALTA ALGUNO DE ESTOS REQUISITOS DESCRITOS NO SE TRAMITARÁ LA LICENCIA DE TARJETA DE ARMAS DE 4ª CATEGORÍA.

Leyes


  • RD 137/1993: Reglamento de armas aprobado por Real Decreto 137/1993 del 29 de enero

Tramitación electrónica






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