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Certificado de Convivencia


Descripción:
Los certificados de convivencia son aquellos que se solicitan para acreditar la convivencia en un determinado domicilio situado en el municipio de Castro-Urdiales.

Dicho certificado es solicitado por entidades tales cómo Departamentos de bienestar social, juzgados, seguridad Social, etc

Requisito obligatorio: Que los datos de la solicitud coincidan con los datos del padron municipal

Requisito obligatorio: Inidicar los convivientes del domicilio
Forma de Inicio:
El expediente se inicia a instancia de los interesados mediante solicitud debidamente cumplimentada acompañada de la documentación requerida.

O en su caso a instancia de la propia administración en aquellos casos en los que sea necesario vincular a otro tipo de procedimiento.
Órgano Gestor:
Negociado de Secretaría
Importe de la Tasa:
10 €

Pedir liquidación de tasa por emisión de certificado de convivencia al correo rentas@castro-urdiales.net.
Para recoger el certificado en el registro será necesario presentar el pago.

En caso de tramitacion electronica, podrá realizar el pago de la tasa en los bancos que se indican en la carta de pago o a traves del siguiente enlace: Pincha aquí

Posteriomente debera enviar el justificante de pago junto con la carta de pago a registro@castro-urdiales.net
Lugar y Forma de Presentación:
De forma presencial en el Registro General del Ayuntamiento aportando la instancia de solicitud correspondiente y debidamente cumplimentada.

Por correo certificado dirigido al Registro General del Ayuntamiento incluyendo la instancia de solicitud debidamente cumplimentada.

A través del Registro Telemático con DNI electrónico o Certificado digital Avanzado y Reconocido.
Plazo Máximo de Resolución y Notificación:
Plazo mínimo de tramitación será de 7 días hábiles desde la toma de conocimiento de la solicitud por parte del negociado tramitador.

En el caso que acuda a recoger el certificado una tercera persona, representante de la persona solicitante deberá presentarse con una autorización firmada por el/la interesado/a y el documento de identificación original de ambos.
Órgano de Resolución:
Mediante certificación de la secretaria con el visto bueno de Alcalde/sa
Plazo de Solicitud:
En cualquier momento del año

Leyes


  • 39/2015: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • 40/2015: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • R.D. 2612/1996: Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
  • RD 1690/1986: Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales

Tramitación presencial


Tramitación electrónica






Plaza del Ayuntamiento 1. 39700 Castro Urdiales (Cantabria)
Teléfono: 942 78 29 00 | Fax: 942 78 28 70
Correo electrónico: webmaster@castro-urdiales.net